miércoles, 3 de octubre de 2012

Cuando el GARANTE de la LEGALIDAD, juega a MOFARSE de la JUSTICIA... (A Guarda)

Porque no es de recibo, que se esté riendo de la Sala... pero viendo de quien se trata, ya nada nos sorprende.
¿Recuerdan ustedes la última Providencia emitida por el T.S.J. de Galicia?. Sí, aquella de fecha 04.09.2012, en la que la Sala le solicitaba al Alcalde de A Guarda "informase sobre las actuaciones llevadas a cabo para ejecutar la Sentencia con posterioridad al 20/10/2010, fecha del último oficio remitido a la Sala"... Pues bien. Casi transcurridos DOS AÑOS, tiene la poca vergüenza de informarles:
ASUNTO: PROCEDEMENTO ORDINARIO Nº 6020/1996.
"En resposta a seu oficio de 4 de septembro pasado, indicolle que este Concello non realizou ninghuna actuación tendente a execución da sentencia dende o último oficio, dada a imposibilidade de continuar o procedemento, posta de manifesto no devandito oficio desta Alcaldía de data 20 de Outubro de 2010, ata que se resolvese pola Sala a cuestión nel plantexada consistente en resolver sobre cal era a situación anterior do edificio a demoler antes da construcción dos oito apartamentos na planta baixa que deben ser demolidos, cuestión que dora formulada na pola representación do Concello a esa Sala mediante escrito de 26 de Febreiro de 2009 e reiterada mediante escrito de data de entrada nesa Sala o 28 de Setembro de 2010. Por talmotivo, se reitera que e necesario e convinte, co fin de poder contratar a elaboración dun proxecto axeitado o verdadeiro estado anterior do edificio, que se reslva previamente tal cuestión plantexada ante esa Sala consistente en requerir a parte recurrrente para que presente a documentación necesaria e información complementaria sobre cal era a situación orixinaria do inmueble antes da construcción dos apartamentos afectados pola orde de demolición, o que interesase tamén por medio do presente. En consecuencia, cando se resolva a cuestión citada pola Sala, procederase á continuación do expediente de contratación.
E de destacar que a representación da parte executante, no seu escrito de data 24 de xullo de 2012, presentado perante esa Sala, ven de solicitar igualmente que se proceda a dictar a correspondente resolución que poña fin a este incidente plantexado, o que ven de corroborar a postura deste Concello.
Na Guarda, a 13 de setembro de 2012.
O ALCALDE.
(Asdo.: José Manuel Domínguez Freitas).
 
Y AHORA LA SALA, LE CONTESTA: PROVIDENCIA.
 
A Coruña, veintiocho de Septiembre de 2012.
"Dada cuenta, la anterior comunicación remitida por el CONCELLO DE A GUARDA, únase a los autos de su razón; ofíciese al Ayuntamiento de A Guarda indicándole que, como ya le consta porque está personado en el proceso, el actor manifestó en escritos presentados el 22.11.10 y el 05.01.11, que el estado anterior de las construcciones estaba reflejado en el informe y planos elaborados por el arquitecto J.R.M., en diciembre de 1996 y que fueron unidos a los autos, por lo que no hay razón para la inactividad municipal para la ejecución de la Sentencia".
Lo dicho, siguen pretendiendo tomar el pelo, no sólo a la Sala, sino al ejecutante; y ya va siendo hora de que la Sala adopte, previo apercibimiento, las medidas coercitivas al bolsillo del "atípico alcalde", porque a estas alturas no puede plantear que no sabe como estaba la edificación antes de la reforma... porque de ser verdad, ¿qué era lo planteado en el anterior concurso de contratación realizado?. Pero hasta es posible, que no sepan como estaba, puesto que no se enteran, ni nunca se enteraron, de lo que les rodea. ¡¡Y con estos tipos quieren levantar España!!. Aviados vamos.  

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