- Y ahora, con su murito en primera fila. ¿Cuántas alturas contabilizan ustedes?- |
¿Se acuerdan ustedes de esta edificación aún en construcción?... Sí, aquella, que había sido denunciada el 24.08.2010, porque obviamente se contabilizaban TRES ALTURAS (B+2) -las fotografías dicen claramente el incumplimiento de esa planta segunda, que se pretendía hacer pasar por un bajo cubierta-, y que se encuentra situada en rúa Regudins 5, en el lugar de A Gándara, en la parroquia de Salcidos en el término municipal de A Guarda (Pontevedra), pues resulta, que el Ayuntamiento -mejor diríamos los actuales "cabezas pensantes" del mismo-, de forma velada, como
-Y lateralmente se pueden observar las tres alturas, con respecto del resto de las viviendas del lugar- |
siempre sin notificar nada al denunciante, pero reconociendo -con la boca pequeña-, esa ilegalidad urbanística denunciada... y para solucionarlo, han tenido la genial y feliz idea, de permitirle al infractor, presentar un REFORMADO del primer proyecto presentado, en el que, lo que antes, con la licencia inicialmente otorgada "Expte: 118/2010", concedida el 15.07.2009, era una vivienda unifamiliar de "planta baja, planta primera y planta bajo cubierta" (lo de bajo cubierta no se cumplió, contabilizando por tanto como una segunda planta), y que, después de lo reflejado en el informe emitido por el arquitecto municipal en fecha 18.11.2010, donde se dice: "...Este proxecto, segundo o exposto na súa memoria descriptiva, pretende axustar á normativa vixente as modificacións levadas a cabo durante a execución da obra no forxado de teito de cuberta, non axustado a licencia outorgada. Para elo, preténdese modificar parcialmente a rasante actual da parcela para convertir a planta baixa en planta de soto, aproveitando a condición de semi
soterrada desta planta con respecto a fachada trasera. A vivenda quedaría de este xeito configurada con planta soto, planta baixa y planta primeira"; y por tanto "dicho y hecho", la nueva licencia otorgada "Expte: 185/2010" menciona ahora, una edificación que consta de "planta de sótano, planta baja y planta primera"... ¡¡Así de sencillo!!. ¿Y cómo?. Pues sencillamente, realizando ese murete en parte de la fachada principal, supuestamente se rellena de tierra y ya está listo. Todo un "apaño" -observen la obra de arte en la fotografía-, es decir, enmascarando la realidad, y
-Y esa planta segunda, se pretendía hacer pasar por un bajo cubierta, pero la denuncia...- |
obviando la rasante del vial al que da frente la edificación, y haciendo caso omiso a la definición de RASANTE (artículo 4.2, apartado 8, de las Ordenanzas reguladoras de la edificación), y sin haber incoado ni siquiera el preceptivo expediente de paralización y reposición de la legalidad urbanística vulnerada, como exige la LOUG. ¡¡¡Chapeau, por ellos!!!. Son unos verdaderos maestros... de las trampas. Lo malo de esto, es que sólo aplican "sus sapiencias" cuando quieren y según quien sea el penitente. Eso, señor Alcalde y munícipes, en el argot urbanístico, se denomina una "reserva de dispensación", no permitida por Ley, y que sería contraria al principio de igualdad, al interés público -la reposición de una realidad física alterada a su estado original-, y al ordenamiento jurídico... pero eso, para el nefasto gobernante no tiene importancia alguna.
hace un año de la presentacion de la denuncia,¿ya salio la sentencia?de la manera que usted habla doy por hecho que si,corrijame si estoy equivocada
ResponderEliminarPor mi manera de hablar, les estoy diciendo las "artimañas" que se gasta el Sr. Alcalde y sus ayundantes, para intentar legalizar lo que es ilegalizable. En estos momentos la denuncia está presentada en la APLU, quien deberá dar su veredicto y posteriormente será la justicia quien tenga que definirse. Por desgracia la justicia, en esye país, no es tan rápida.
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