viernes, 9 de septiembre de 2011

Y si lo anterior es un VARAPALO, lo que vamos a PUBLICAR de seguido... (A Guarda).



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Es de muchos, diríamos muchisimos, conciudadanos guardeses, la  conocida  prepotencia y "artes" que ejercitan los que actualmente rigen los destinos de A Guarda (Pontevedra), y sus formas y maneras de creerse, que sólo ellos pueden  hacer y deshacer a su antojo, permitir y admitir a quien quieran, y rechazar y no admitir cualquier petición a aquellos que les suelen poner problemas, o son de ideas distintas a ellos o a sus adláteres.
Y aquí estamos ahora, ante la Sentencia 215/10 del 13.09.2010 -más calentita imposible-, del Juzgado Contencioso-administrativo nº 1 de Pontevedra, hoy FIRME e INATACABLE, al haber sido rechazada su Apelación ante el Tribunal   Superior  de  Justicia   de   Galicia,  Contencioso/administrativo  Sección  2,  interpuesta en su día  por   un  indignado -de   los   muchos   que hay-, vecino  de A Guarda, frente al Ayuntamiento  de A Guarda, y en   la que  la justicia, ha  
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venido a poner en su sitio, a quienes pretenden aplicar las leyes a "su antojo y/o  manera", creyéndose los amos del "corralito" guardés,  negando caprichosamente -porque va de caprichos-, lo que por ley les corresponde a los ciudadanos en general, y entre éstos, la entrega de copias de aquellos "proyectos de construcción y de licencias de obras" solicitadas previo acto de consulta de un expediente urbanístico en las dependencias municipales, pretendiendo para ello ampararse en unas leyes, irrisoriamente aplicadas  a su manera y "a  la carta", peticiones  que  han intentado aclarar ante
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el Juzgador, alegando para ello -"inadmisibilidad del recurso", "afecciones a la intimidad de las personas" y "propiedad intelectual del autor del proyecto"-, obviando de manera torticera y conculcando la legislación vigente de manera patente y clamorosa, sobre el tema urbanístico, obviando a sabiendas de su injusticia. Cómo todo lo que hacen.
De nada le han valido sus "argumentos" esgrimidos de aquella manera, porque las leyes están para ser cumplidas, mal que le pese a algunos munícipes y jerifaltes, y así queda ahora más que demostrado, que exponerle a ciertos personajes, en este caso actuales políticos guardeses y sus  "expertos" asesores, los preceptos urbanísticos vigentes, es perder el tiempo y la paciencia, por su manifiesta  prepotencia y arrogancia, que siempre suelen trasgiversar  y  dar  sus explicaciones  "a  la  carta", para,  finalmente intentar  llevar  al  ciudadano al  consabido contencioso -ellos
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normalmente no pagan de su bolsillo y así abusan-, con el único motivo de alargar los plazos, incluso se han permitido el lujo de exponerlo así ante los mismos Jueces. ¡Que hay que tener narices!. No tiene desperdicio el contenido de sus contestaciones, bien sea por parte de la Secretaria, en su notificación del acuerdo del Ayuntamiento al recurrente, como del  Asesor y al mismo tiempo  abogado  representante del Ayuntamiento en  este contencioso, y ello es palpable en la contestación a esa demanda. 
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¡De cine, sus explicaciones!. Lo que demuestra en manos de quien están los intereses de A Guarda y la de sus vecinos... Por cierto, serán precisamente los guardeses/as, quienes tendrán que"apechugar" ahora con  las  costas de esa apelación, a cuya instancia se acudió, eso dijo el impresentable Alcalde al recurrente, para que "esta sentencia non sea una puerta abierta al Sr. Abeleira". O como ha dicho a algún otro indignado -le empiezan a salir a borbotones-, al que éste le representa ante el Ayuntamiento, en un tema urbanístico, espetándole que "como te metes con ese señor que non he abogado", recibiendo la contestación que se merecía desde luego.  ¡Hay que ser fantoche!... como si para saber defenderse hubiera que ser abogado, ingnorando que el urbanismo está reglado. Estaríamos listos. ¿Quizás le interesaría más defenderlo él, como hasta ahora?. 
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Y llegados a este extremo, habría que preguntarle al Sr. Alcalde, cual es el motivo, por el que se le deniega la consulta de expedientes y la obtención de copias de los documentos obrantes en los mismos, a ciertos ciudadanos, y sin embargo a otros, se les entregan sin ningún problema todo el expediente... Y es más, incluso cuando él era oposición -¡qué tiempos aquellos!, se afanaba a entregar expedientes completos a sus allegados y amistades -existen datos suficientes que se pueden dar a la luz-, y suponemos que en esos momentos, para él no existía "ni afección a la intimidad de las personas", ni "propiedad intelectual del autor del proyecto" ni nada que valiese... porque supuestamente, no creemos que el que gobernaba por aquel entonces, tuviese conocimiento de esa "fechoría" interna. Segurísimo.
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Tienen dos varas de medir, porque precisamente
esa "afección a la intimidad de las personas", que ellos alegaban, es precisamente lo que han intentado ellos en el contencioso que se va delucidar el próximo día 15, y donde pretendían saber de la vida de la obra y milagros del Abeleira y del Grupo Opinión... que la Sala rechazó de plano. Eso, si es intromisión en la vida y en la intimidad de las personas, Sr. Alcalde. Pero cuando hay ignorancia...
Así actuaba, y así sigue actuando ahora, creyendo que todos los demás, actúan como él lo había hecho siempre, antes en la oposición y ahora en la gobernabilidad (¿?). Lo del "cree el ladrón que todos son de su misma condición", podría valernos para el caso, salvando las distancias. 
Vamos a colgar las mentadas sentencias, por la importancia que tienen y para que sean públicas -tenemos el permiso necesario para ello, Sr. Alcalde-, para que cada uno de los futuros usuarios de esas instalaciones municipales -principalmente en el área de  urbanismo-, en aquellos actos de consultas de expedientes, sepan los derechos que les asiste a TODOS y CADA UNO de los ciudadanos, y en base a ello, puedan defenderse de las tropelías que estos caballeretes quieren implantar, porque sí. Por que son la A U-T O-R I-D A D... Pero ¿autoridad de qué?.

jueves, 8 de septiembre de 2011

Las "BOFETADAS" le caen por TODOS LADOS... (A Guarda).


-La noticia en la prensa-

Porque después del varapalo recibido, en el rechazo del futuro PGOU por parte de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras -aquel que serviría para "limpiar" todas las infracciones y falcatruadas realizadas, dejando todo reluciente como el sol-, y que, a día de hoy, llena de nubarrones el futuro ordenamiento municipal, que éstos "gobernantes" -a escondidas-, pretenden imponer a sus ciudadanos. Pero como no podía ser de otra manera, hoy tenemos otra noticia, ésta repercute en el bolsillo del regidor, puesto que ya tiene sobre la mesa otras cuatro multas por  su  falta de  ACCIÓN, en sus  cometidos  "demoledores" en  las
-El alcalde de A Guarda-

, en sus cometidos demoledores en las ya famosas 21 licencias otorgadas en suelo paisajístico en As Loucenzas y Circunvalación en el término municipal de A Guarda (Pontevedra).
Y en un acto de insensatez sigue -ya es una constante-, erre que erre, queriendo hacerse el martir o la victima. Y en algo estamos de acuerdo con él, cuando señala  que "os veciños non poden pagar o erro das Administracións", pero aquí obvia decir,  que él ha sido y es una  parte importante de ese "error", y además sigue perjudicándoles con sus "actuaciones" interesadas -nuevo error, ahora sólo suyo-, porque a día de hoy, no ya los que aún no les han demolido nada, sino los tres que han visto demolida ya su vivienda, siguen sin haber sido indemnizados... por el Ayuntamiento de A Guarda, de quien el personaje es Alcalde. ¿Y a que espera para, por lo menos, que ese error sea el menos perjudicial posible?. Porque sigue actuando a su manera, y ahí está esa frase lapidaria de "imos agotar tódalas vías para evitar derribos; os veciños son só vítimas". ¿Es que aún se cree que va a convencer a alguien?. Y a propósito, ¿porqué no aplica ese "mensaje" en todas aquellas posibles infracciones de todo tipo, que se han cometido, se cometen y se van a cometer en A Guarda?, porque la ley Sr. Alcalde, se aplica a todos. ¡¡Qué iluso, es el pobre!!.
¡Ah!, y no pierda de vista Sr. Alcalde, el tema de La Armona (Camposancos) -porque el denunciante desde luego no la pierde ni la olvida tan facilmente-, también pendiente de que usted acometa de una vez, la demolición de los ocho apartamentos ilegales, construidos sin ningún tipo de licencia y/o autorización, y usted apoyando esas prácticas infractoras -sólo hace falta ver lo que hizo usted en su vivienda-, y que, de seguir usted por los mismos derroteros, le podría acarrear una nueva sanción judicial; y sería conveniente, que  dejase de seguir apoyando a los "infractores profesionales" de ese municipio -cosa harto dificil-, no sólo en esa edificación camposina, sino en cualquiera de las muchas atrocidades desperdigadas por toda A Guarda, incluso obviando adoptar las medidas de reposición de la legalidad de las Naves de la Catanga -donde pecisamente se ha montado su negocio sin licencia municipal, autorización autonómica y, claro, sin tener concedida la preceptiva licencia de actividad y apertura, obviando usted y los anteriores alcaldes el expreso mandato de la Xunta de Galicia desde el año 2000... que no era otro que la reposición de la legalidad urbanística vulnerada... Hasta hoy, siguen haciendo oídos sordos. ¿Por intereses, tal vez?...

Las RESERVAS de DISPENSACIÓN, son una CONSTANTE... (A Guarda).


- Y ahora, con su murito en primera fila.
¿Cuántas alturas contabilizan ustedes?-

¿Se acuerdan ustedes de esta edificación aún en construcción?... Sí, aquella, que había sido denunciada el 24.08.2010, porque obviamente se contabilizaban TRES ALTURAS (B+2) -las fotografías dicen claramente el incumplimiento de esa planta segunda, que se pretendía hacer pasar por un bajo cubierta-, y que se encuentra situada en rúa Regudins 5, en el lugar de  A Gándara, en la parroquia de Salcidos en el término municipal de A Guarda (Pontevedra), pues resulta, que el Ayuntamiento -mejor diríamos los actuales  "cabezas  pensantes"  del  mismo-, de  forma  velada, como
-Y lateralmente se pueden observar
las tres alturas, con respecto del
resto de las viviendas del lugar-
siempre sin notificar nada al denunciante,  pero  reconociendo -con  la boca pequeña-, esa ilegalidad urbanística denunciada... y para solucionarlo, han tenido la  genial y feliz idea, de permitirle al infractor,  presentar un REFORMADO del primer proyecto presentado, en el que, lo que antes, con la licencia inicialmente otorgada  "Expte: 118/2010", concedida el 15.07.2009, era una vivienda unifamiliar de "planta baja, planta primera y planta bajo cubierta" (lo de bajo cubierta no se cumplió, contabilizando por tanto como una segunda planta), y que, después de lo reflejado en el informe emitido por el arquitecto municipal  en fecha 18.11.2010, donde se dice: "...Este proxecto, segundo o exposto na súa memoria descriptiva, pretende axustar á normativa vixente as modificacións levadas a cabo durante a execución da obra no forxado de teito de  cuberta,  non  axustado  a  licencia  outorgada. Para  elo,  preténdese  modificar  parcialmente a  rasante actual da parcela  para  convertir  a  planta  baixa   en  planta  de  soto, aproveitando   a  condición  de  semi  
-Antes del reformado era así. Tres clarísimas
alturas-
soterrada desta planta con respecto a fachada trasera. A vivenda quedaría de este xeito configurada con planta soto, planta baixa y planta primeira"; y por tanto "dicho y hecho", la nueva licencia otorgada "Expte: 185/2010" menciona ahora, una edificación que consta de "planta de sótano, planta baja y planta primera"... ¡¡Así de sencillo!!. ¿Y cómo?. Pues sencillamente, realizando ese murete en parte de la fachada principal, supuestamente se rellena de tierra y ya está listo. Todo un "apaño" -observen la obra de  arte  en   la   fotografía-, es  decir,  enmascarando  la  realidad,  y
-Y esa planta segunda, se pretendía
hacer pasar por un bajo cubierta,
pero la denuncia...-
obviando la rasante del vial al que da frente la edificación, y haciendo caso omiso a  la definición de RASANTE (artículo 4.2, apartado 8, de las Ordenanzas reguladoras de la edificación), y sin haber incoado ni siquiera  el preceptivo expediente de paralización y reposición de la legalidad urbanística vulnerada, como exige la LOUG.  ¡¡¡Chapeau, por ellos!!!. Son unos verdaderos maestros... de las trampas. Lo malo de esto, es que sólo  aplican "sus sapiencias" cuando quieren y según quien sea el penitente. Eso, señor Alcalde y munícipes, en el argot urbanístico, se denomina una "reserva de dispensación", no permitida por Ley, y que sería contraria al principio de igualdad, al interés público -la reposición de una realidad física alterada a su estado original-, y al ordenamiento jurídico... pero eso, para el nefasto gobernante no tiene importancia alguna.