sábado, 12 de octubre de 2013

Emiten RESOLUCIÓN, a pesar del INFORME del Arquitecto... (A Guarda)



Pues sí.  Con data 09.10.2013 por Resolución de la Alcaldía, mediante Decreto 0913/2013, se resuelve: Iniciar la actividad de inspección urbanística para averiguar la realidad de los hechos denunciados en las denuncia arriba relacionadas -son tres-, notificándole a los interesados denunciantes la incoación de tal actividad y que una vez verificada la misma se acordará sobre lo solicitado; trasladando al propiedad, quien actúa con representante -casualmente la aparejadora parienta del aparejador municipal-, copia de las denuncias, requiriendo al propietario, en la persona de su representante, para que, en el plazo de 15 días, aporte copia testimoniada de la escritura de agrupación de data 24.08.2011, copia testimoniada de a escritura autorizada por una Notaría de Bilbao del 4.06.1991, por la que los padres del ahora propietario donaron a este las parcelas objeto de agrupación en escritura del 24.08.2011. Así como, se aporte cualquier otro título de propiedad que acredite que la superficie de la parcela en cuestión tenía, según el proyecto presentado 977,19 m2, y pruebas de que parte de dicha finca fue cedida al Concello para el ensanche del camino Rego Das Canas"...
Y posteriormente, mediante el Decreto 0914/2013 de fecha 09.10.2013, la Alcaldía, RESOLVÍA: DENEGAR la aprobación del proyecto de ejecución y por lo tanto el inicio de las obras con carácter cautelar, mientras dure la actividad inspectora, así mismo se suspende el cómputo del plazo de caducidad de la licencia por motivos obvios.  
Y todo ello, a pesar del informe del arquitecto municipal emitido el 19.09.2013, el cual pone de manifiesto que, a su juicio, los hechos denunciados "no serían objeto de infracción urbanística" (¿?)... 
Es decir, que según el técnico, sin que queden acreditadas -ni comprobadas fehacientemente, como ahora se quiere hacer por los políticos-, las dudas existentes y puestas de manifiesto en las denuncias. Porque es obvio que hay incumplimientos suficientes para anular dicha licencia "Expte: 140/2012", por mucho que el técnico diga lo contrario.  

martes, 1 de octubre de 2013

Fue ADMITIDO a TRÁMITE el CONT/ADM por el tema de MECALIA... (A Guarda)


Ha sido admitido a trámite el Recurso Contencioso-administrativo al amparo del artículo 25 de la vigente Ley reguladora, contra la denegación presunta por silencio administrativo, de las solicitudes presentadas interesando "la incoación del correspondiente expediente de reposición de la legalidad urbanística vulnerada, y que se acordase la demolición a costa del  interesado de las obras realizadas en las NAVES de MECALIA -sitas en el lugar de Pinar do Rei, en el Pasaje, parroquia de Camposancos del término municipal de A Guarda (Pontevedra)-, por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente y que se impidiesen definitivamente los usos a que diesen lugar...". 

Dicho procedimiento ordinario nº 272/2013, ha recaído en el Juzgado Contencioso/administrativo nº 2 de Pontevedra.
Viene motivado dicho procedimiento, por la ampliación sin licencia municipal de las naves industriales -de imposible otorgamiento-, en una superficie de 314,00 m2 (50,00mx6,35m) -superficie anteriormente demolida, al objeto de llevar a puro y debido efecto la Sentencia 03/2004 del Juzgado Cont/adm. nº 3 de Pontevedra-, por lo que se ve a "regañadientes"... y amparándose en una "licencia de obras menores" -¡¡increible decisión!!-, "Expte: 97/2007", otorgada por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de A Guarda, en sesión del 25.05.2007, para "obras de demolición parcial de nave industrial"; y que, una vez cumplimentada dicha demolición, volvieron a reconstruir su cubierta con todo el descaro del mundo, burlando la ley de manera patente y palmaria, para, con ello, volver a tener la misma edificabilidad ilegal anterior.
Obras ilegales que anteriormente fueron permitidas por el Gran Regidor (PP) y como oposición el actual Regidor (PSOE) y ahora, obras permitidas por el Regidor (PSOE) y oposición... nadie. ¿En que se han basado para esa permisividad?. Si el planeamiento es el mismo y no existe cambio alguna en la legislación urbanística vigente, que ampare dichas actividades infractoras.
Y no digamos, lo que el actual Regidor decía de aquella contra el Gran Regidor... y sin embargo ahora es quien hace oídos sordos a las denuncias presentadas, creyendo que el el dueño del "chiringuito". ¡La casta política, no deja de sorprendernos!.