sábado, 1 de marzo de 2014

Una MANERA de ENREDAR... (A Guarda)

-Noticia aparecida en La Voz de Galicia (27.2.2014)-
La noticia no hay por donde cogerla. Pero viendo de quién partió la idea... siendo del inefable asesor municipal, pues ya nos da una idea de lo nervioso que se encuentra; de momento, las cosas no le están saliendo como él, y el ayuntamiento que asesora quisieran. No saben estarse callados y pretenden hacernos ver que sus informes, por ser "emitidos por técnicos municipales prevalecen sobre los emitidos por técnicos designados por particulares, según dicen, porque los primeros gozan de las garantías de imparcialidad superiores respecto de los otros", solo les faltó decir: ¡¡Porque sus autores son más guapos, vamos!!.
Apaga de vamos. ¡Con la que está cayendo!, esa manifestación habrá que ponerla en "cuarentena"... porque pretender citar la imparcialidad de algunos de los técnicos municipales -por ser "trabajadores" del ayuntamiento, palmariamente se convierten en parciales y defienden precisamente los informes que ellos mismos hacen. Porque de lo contrario tendrían problemas allí en la Casa Grande. ¿O no?-, es para echarse a temblar. Las pruebas, por lo menos en A Guarda, están a la vista. Y más, si encima tienen unas ordenes concretas acordadas en esa Comisión de Urbanismo del 20.12.2001...
Es obvio que, se pretende engañar con esa noticia, cuando aún estamos en el tramite de conclusiones de esa pretendida "inejecución de la sentencia", según propuso el garante de la legalidad, quien en lugar de abogar por hacer cumplir las leyes... se las pasa por el arco del triunfo. A pesar de ser el garante de la legalidad. ¿Sabrá que es la legalidad?. Hasta lo dudamos, viendo lo que ha construido en su vivienda... con una licencia de obra menor.
-¿Creen que si tabicamos por debajo de esas vigas, ya no podríamos
retirarlas nuevamente porque se caerían los pisos de encima?-
Y es curioso, muy curioso, que el Ayuntamiento haya realizado ya sus conclusiones con fecha 20.02.2014... habiendo sido enviadas a esta parte ejecutante el día 26.02.2014, y sin que se hayan recibido las contestaciones de los técnicos que emitieron los informes, trámite por exhorto judicial, tanto el referente al municipio como de los dos técnicos particulares (ejecutante y propietarios), para poder realizar esas conclusiones... en forma. Lo que da a entender el Ayuntamiento, con su conclusión, que él si las habrá recibido, que de ser así, habrá que empezar a preocuparse.
En cuanto a ese intento de hacer ver, que liberando lo construido en esa planta baja -YA EXISTENTE-, los pisos superiores se vendrían abajo, es el mayor de los disparates que se puede oír. Incluso, el más ignorante de los mortales, en urbanismo, es decir sin "titulitis" por medio, sabe bien que, "en una edificación cuya planta baja se encuentre lóbrega totalmente, y sobre la cual se hayan construido plantas superiores, rematadas y habitadas por sus propietarios (durante años), se podría demoler con total seguridad todas aquellas divisiones y construcciones realizadas posteriormente en ese bajo, porque no inciden en la estructura existente con anterioridad a esas actividades de construcción de los ocho apartamentos".
-Tipo de arcos constructivos "Carpanel"-
Lo contrario es querer demostrar, lo indemostrable. ¡¡Con verborrea no se demuestra!!. ¿O es que cuando se construyeron los pisos superiores (planta primera y esa especial planta bajo cubierta) existentes en el Bloque Sur de la Armona, y con la planta baja (antes de dividirla para 8 viviendas), esas plantas no se apoyaban en los arcos tipo "Carpanel" existentes (o bien vigas acarteladas si quieren) y éstos se apoyaban en unos pilares adosados o anclados a las fachadas (así aparecen representados en los planos realizados por el técnico que estuvo dentro de esas viviendas y fue el autor del proyecto, cuyo fotograma se adjunta), de ahí, que se estén emitiendo informes técnicos, aseverando que esos arcos fueron rebajados posteriormente, y antes de iniciarse las obras en la planta baja, apoyando después esos arcos en los muros de ladrillo de separación de las viviendas. ¡¡OBVIANDO QUE ESOS ARCOS SON DE HORMIGÓN ARMADO!!... ¿Acaso se pueden rebajar, con dice el autor del proyecto de demolición?. ¿Es posible que se crean lo que dicen?. 
Y desde luego es del todo necesario, que nos enteremos de lo que esos técnicos han contestado a las preguntas realizadas por esta parte, porque será interesante saberlo. Y ante todo, "sr. asesor", tenga paciencia... porque todo llega, cuando menos  se  lo espera  uno. Y  hay algo, que  obvian descaradamente, como es que la sentencia  hay que ejecutarla tal  como dice la resolución judicial, vaciando de  contenido ese
-Plano del proyecto de demolición (ver sección del bajo y del porche)-
bajo en el que se añadieron unas viviendas no existentes y sin licencia o autorización que amparasen esos trabajos constructivos. Y de hacerles caso a los que "gozan de garantías de imparcialidad superiores a los demás", y teniendo en cuenta que, en esa planta baja, los usos RESIDENCIALES, no se encuentran entre los permitidos en la LOUG y COSTAS... SIN TOCAR NINGÚN TABIQUE, NI RETIRAR LA ENTREPLANTA... ¡¡SE TAPIARÍAN LOS HUECOS DE VENTANAS Y PUERTAS DE ACCESOS!!, DEJANDO ESA PLANTA BAJA TOTALMENTE INACCESIBLE... Así de fácil y sencillo, se cumplimentaría esa Sentencia. ¡Increíble énfasis que pone la Alcaldía de A Guarda!, para defender algo que no cuenta con ninguna licencia municipal, y cuando además siendo quien es el garante de la legalidad, debiendo perseguir precisamente todas las infracciones. ¡Ah!, y de paso se ahorrarían una importante parte del presupuesto dedicado a ello, que también es importante.